Oficina Virtual de Trámites

Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

Acceso al Sistema

Los datos que necesita para acceder al sistema son la información de su ROE (Registro Obligatorio de Empleadores) esta información le fue asignada a tiempo de realizar su registro, para darle algunas pautas, si no cambio los datos, los pueden ser los siguientes:



En caso de no poder acceder, por favor comunicarse por escrito al WhatsApp 67349269, indicando su número de NIT y Razón Social o vía telefónica a las líneas departamentales.

Olvido su contraseña
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Para recuperar su contraseña, ingrese su Nro. de documento con el que se registro (CI,NIT) y dirección de correo electronico asociada al Sistema.

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  3. La longitud minima requerida es de 7 caracteres
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La cuenta con la que ingresó debe cambiarla por una cuenta de correo electrónico,

éste correo debe ser válido y de su propiedad, no utilice un correo al que no tenga acceso

o control el titular de la empresa.

Al finalizar el llenado del formulario se le enviará un mensaje de correo electrónico.


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    ¡BIENVENIDOS!

  • Ahora la inscripción al Registro Obligaotrio de Empleadores (ROE) es gratuita y puede efectuarse a través de la NUEVA OFICINA VIRTUAL DE TRÁMITES.

    Declaración del 1 al 30 de enero de 2018.

    El depósito bancario, debe ser de Bs 70 si el Total Ganado de la planilla (Punto 5.9 de la DDJJ) es menor o igual a Bs 100.000 o de Bs 135 si es de Bs 100.001 o superior.

    Para rectificar una DDJJ, se deberá efectuar y registrar un nuevo depósito bancario por el mismo monto (es decir que toda rectificación tiene costo).

    Nueva Oficina Virtual de Trámites

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    Actualmente la Oficina Virtual de Trámites Tradicional le brinda los siguientes servicios:


    El depósito bancario, debe ser de Bs 65 si el total (punto 4.9) de la planilla es menor o igual a Bs 100.000 o de Bs 140 si es de Bs 100.001 o superior.

    Para rectificar una DDJJ, se deberá efectuar y registrar un nuevo depósito bancario por el mismo monto (es decir que toda rectificación tiene costo).


    Declaración del 1 al 30 de octubre de 2017, pasada la fecha de vencimiento, los trámites pueden hacerse sólo a través del medio físico con la sanción respectiva establecida en la R.M. 855/14.

    El depósito bancario, debe ser de Bs 70 si el Total Ganado de la planilla (Punto 5.9 de la DDJJ) es menor o igual a Bs 100.000 o de Bs 135 si es de Bs 100.001 o superior.

    Para rectificar una DDJJ, se deberá efectuar y registrar un nuevo depósito bancario por el mismo monto (es decir que toda rectificación tiene costo).

    Declaración del 1 al 30 de julio de 2017, pasada la fecha de vencimiento, los trámites pueden hacerse sólo a través del medio físico con la sanción respectiva establecida en la R.M. 855/14.

    El depósito bancario, debe ser de Bs 70 si el Total Ganado de la planilla (Punto 5.9 de la DDJJ) es menor o igual a Bs 100.000 o de Bs 135 si es de Bs 100.001 o superior.

    Para rectificar una DDJJ, se deberá efectuar y registrar un nuevo depósito bancario por el mismo monto (es decir que toda rectificación tiene costo).

    Declaración del 5 mayo al 30 de junio de 2017, pasada la fecha de vencimiento, los trámites pueden hacerse sólo a través del medio físico con la sanción respectiva establecida en la R.M. 855/14.

    El depósito bancario, debe ser de Bs 105 si el Total Ganado de la planilla (Punto 5.5 de la DDJJ) es menor o igual a Bs 100.000 o de Bs 130 si es de Bs 100.001 o superior.

    Para rectificar una DDJJ, se deberá efectuar y registrar un nuevo depósito bancario por el mismo monto (es decir que toda rectificación tiene costo).

    “Vencido el plazo para la presentación de planillas de retroactivo por el incremento salarial, la presentación fuera de plazo, puede hacerse sólo a través del medio físico con la sanción respectiva establecida en la R.M. 855/14. No olvide que la multa crece en función de los días de retraso.”

    Declaración del 1 al 30 de abril de 2017, pasada la fecha de vencimiento, los trámites pueden hacerse sólo a través del medio físico con la sanción respectiva establecida en la R.M. 855/14.

    El depósito bancario, debe ser de Bs 70 si el Total Ganado de la planilla (Punto 5.9 de la DDJJ) es menor o igual a Bs 100.000 o de Bs 135 si es de Bs 100.001 o superior.

    Para rectificar una DDJJ, se deberá efectuar y registrar un nuevo depósito bancario por el mismo monto (es decir que toda rectificación tiene costo).

    La declaración debe efectuarse en el plazo de 30 días calendario a partir de la fecha de pago de la planilla, caso contrario, la presentación se verá sujeta a la sanción respectiva establecida en la R.M. 855/14.

    El depósito bancario, debe ser de Bs 65 si el Total Ganado de la planilla (Punto 5.8 de la DDJJ) es menor o igual a Bs 100.000 o de Bs 140 si es de Bs 100.001 o superior.

    Para rectificar una DDJJ, se deberá efectuar y registrar un nuevo depósito bancario por el mismo monto (es decir que toda rectificación tiene costo).

    Todo empleador que presente consecutivamente dos (2) planillas trimestrales sin movimiento o que no efectúe presentación alguna durante ese periodo de tiempo, sera dado de baja automáticamente.

    Todos los depósitos bancarios deben efectuarse en la cuenta 1-6036425 del Banco Unión, a nombre del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.